GUÍA · FAMILIA

Pensión alimenticia: cómo se fija y se cobra

La pensión alimenticia no se negocia entre adultos en el vacío: parte de una tabla oficial de mínimos que se actualiza cada año y que combina los ingresos del obligado con el número de hijos que dependen de él.

Atención de urgencias 24/7 · Oficina en Salcedo, frente a la Judicatura

Cómo se llega al monto

El juez toma como piso la Tabla de Pensiones Alimenticias Mínimas vigente, que fija un porcentaje del ingreso según el nivel de ingresos del obligado y la cantidad de derechohabientes. Ese es el mínimo, no el techo.

Sobre ese piso se consideran las necesidades reales del hijo —educación, salud, vivienda, cuidado— y la capacidad efectiva del obligado, que no siempre coincide con lo que declara. Cuando hay ingresos informales o subdeclarados, la prueba del nivel de vida pasa a ser central.

Desde cuándo se debe y qué pasa si no pagan

La pensión se debe desde la citación con la demanda, no desde la sentencia. Demorar la demanda es, en la práctica, regalar meses de pensión que ya no se recuperan.

  • Acumuladas dos pensiones impagas, procede solicitar apremio personal contra el obligado.
  • Se puede pedir retención directa sobre el rol de pagos del empleador.
  • Cabe la prohibición de salida del país mientras exista deuda pendiente.
  • El obligado moroso queda registrado, y ello afecta trámites y créditos.

Aumento, rebaja y extinción

El monto es revisable cuando cambian las circunstancias: si el hijo entra a una etapa educativa más costosa o aparece un gasto médico permanente, procede el aumento; si el obligado pierde el trabajo o nace otro hijo a su cargo, procede la rebaja. Ninguna de las dos opera sola: hay que pedirla y probarla.

La obligación tampoco termina automáticamente a los dieciocho años. Se extiende mientras el hijo curse estudios superiores en las condiciones que la ley prevé, y en casos de discapacidad puede prolongarse más allá.

PREGUNTAS FRECUENTES

Sobre la pensión alimenticia

El padre trabaja sin contrato y dice no tener ingresos. ¿Qué se puede hacer?

Se prueba el nivel de vida por otros medios: bienes a su nombre, movimientos, actividad comercial visible, gastos. La informalidad dificulta la prueba, no exime de la obligación.

¿Puedo pedir pensión si nunca hubo matrimonio?

Sí. La obligación alimenticia nace de la filiación, no del matrimonio. Si la paternidad no está reconocida, se tramita conjuntamente con la declaratoria correspondiente.

Pago la pensión pero no me dejan ver a mi hijo. ¿Puedo suspender el pago?

No. Alimentos y régimen de visitas son obligaciones independientes: dejar de pagar no le da acceso al hijo y sí lo expone a apremio. Lo que corresponde es exigir judicialmente el cumplimiento del régimen de visitas.

¿Se puede acordar la pensión sin ir a juicio?

Se puede acordar, pero conviene que el acuerdo quede formalizado y aprobado, no en un chat. Un acuerdo informal no es ejecutable, y cuando se incumple hay que empezar el trámite desde cero.

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